viernes, 12 de agosto de 2011

MATA FIGUEROA Y SU FAN SOCIALISTA

Las palabras pueden tocar lo invisible

Como si fuera insuficiente la amenaza de Adán Chávez, gobernador de Barinas y hermano de Hugo Chávez, al afirmar que “la vía armada” era una opción válida para garantizar la subsistencia de la revolución, (http://doriangarcia.blogspot.com/2011/07/hermano-de-chavez-hace-apologia-al.html) nuevos voceros se pelean el testigo de la figuración, o mejor jalabolismo, a la vista y apoyo de su tutor.

Sin escrúpulos ni vergüenza, las últimas declaraciones de altos oficiales de las FAN y del ministro del poder popular para la Defensa, Carlos Mata Figueroa, confieren un efecto desestabilizador, ante la única interpretación posible que proclama el carácter de desconocimiento a una hipotética victoria opositora en la elección presidencial pautada para Diciembre de 2012.

Qué ocurre en el Ejército venezolano, otrora “forjador de libertades”. Algo es claro y definitivo; los “golpes” los dan los militares.

Capítulo III
De la Fuerza Armada Nacional

Artículo 328.
La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

Artículo 330.
Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político.

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