miércoles, 21 de marzo de 2012

CAOS Y SILENCIOS

A 200 días del 7 de Octubre hay quienes aún siguen esta locura. Esta gente está con el agua al cuello y, para cubrir su ineptitud, ha necesitado de la complicidad de un Tribunal para obligar a que el país haga silencio y no ejerzamos el derecho consagrado en el artículo 57 de la Constitución de Venezuela.

A los cómplices del régimen se les hace tarde y no podrán argumentar diciendo “Yo no fui, yo no sabía” y con ello justificar su insensatez. Imponer la censura previa a los medios de comunicación, es un acto inaceptable; ninguna medida cautelar conseguirá que el país ignore lo que piensa y padece en carne propia.

Cómo se vive de esa forma, cómo pueden vestir la franela roja y tragar tanta vergüenza sin sentirse humillados. Cómo pueden imponer cercos y acallar sus conciencias para lograr la impunidad eterna en una rendición a sus propósitos hegemónicos; señores eso no sucederá. El delito de la destrucción del país pende de sus acciones fascistas. Pronto no habrá silencios, ya falta poco. Prepárense.

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 57

Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.

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